este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control N° 05° del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: : PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada, por la Fiscalía del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Aragua Estado Aragua en contra del ciudadano ABRAHAM JOSUE MALAVE NIÑO Titular de la Cedula de Identidad N° V-26.151.321, por el delito de de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 2, 3, 4, 5 y 9 del Código Penal. SEGUNDO: Se admiten los medios probatorios ofrecidos por la representación Fiscal, por cuanto los mismos son útiles, legales y pertinentes. TERCERO: Admitida la acusación, se impone a los acusados ABRAHAM JOSUE MALAVE NIÑO Titular de la Cedula de Identidad N° V-26.151.321, del procedimiento especial por admisión de hechos establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, dich.....