DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudencial y doctrinarios ut supra, éste TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de Apelación ejercido por la parte accionada JUNTA DE CONDOMINIO DE RESIDENCIAS LUMIER, a través de sus apoderadas judiciales abogadas BETY TORRES DÍAZ, y NARKY NAVARRO VERENZUELA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos 13.047 y 54.765. a contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 16.01.2019, en el expediente N° 15.616, con motivo de juicio por Daños y perjuicio incoado por JUNTA DE CONDOMINIO DE RESIDENCIAS LUMIER, contra la Sociedad de Comercio LUMIER, C.A., y los ciudadanos FADI AL ALI y S.....