Por los razonamiento expuestos anteriormente este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: 1.- DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO DE AMPARO, Y EN CONSECUENCIA EL ABANDONO DE TRÁMITE, ANTE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE PRESUNTAMENTE AGRAVIADA A LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL intentada por por el ciudadano ADOLFO JOSÉ CARDONA MONTENEGRO, antes identificado, debidamente asistida por la abogada SORAIMA MERCEDES RODRÍGUEZ AGUIRRE, también identificada, contra la ciudadana ANA MILENA VAN ARCKEN, representada por el abogado JORGE PAZ NAVA, Inpreabogado No. 8.755, también identificados.2.- De conformidad con el Artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparos Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se impone a la querellante de las costas de la presente acción, por interposición malicios.....