Por las razones antes expuestas, este Tribunal declara CON LUGAR la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO solicitada por el ciudadano HUGO DANIEL VIELMA BASTIDAS, y en tal sentido ordena que se rectifique el error mencionado en los términos siguientes: en la partida de nacimiento del ciudadano HUGO DANIEL VIELMA BASTIDAS, signada con el Nro. 27, la cual fue emitida por el Registro Civil del Municipio Sucre, Parroquia Leoncio Martinez, del Estado Miranda, año 2009: Donde dice: "nació en LA CLINICA SAN FELIPE DE CARACAS, MUNICIPIO CHACAO, DISTRITO FEDERAL", deberá leerse: "nació en LA CLINICA SAN FELIPE DE CARACAS, MUNICIPIO CHACAO, DEL ESTADO MIRANDA", como real y legalmente corresponde.
En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente al Registro Principal del Estado Miranda, así como al Registro Civil del Municipio Sucre, Parroquia Leoncio Martinez, del Estado Miranda y anéxese a los mismos copias certificadas de la presente decisión, previa consignación de los fotostátos respe.....