este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos Máximo Leonidas Ariza Frías y Shailis Yellis Delsine, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.736.969 y V-13.442.124, respectivamente y, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los une, que contrajeron el 24 de Octubre de 1998, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Alta Gracia, Municipio Libertador del Distrito Federal, según consta de acta Nº 63; por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil venezolano.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y.....