Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación del Procedimiento por admisión de los hechos, DECLARA: Primero: CONDENA al acusado JOSE MANUEL BRAVO, titular de la cédula de identidad Nº 18.462.889, Venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 19-04-1983, de 28 años de edad, Cuarto Grado de instrucción primaria, Estado Civil: Soltera, hijo de: BERTA BRAVO (V) y de ARGENIS SUARES (V), domiciliado en la población de Guayabal, Calle Vía Principal la toscaza Casa S/N, cerca de la licorería la Roca de Inmare, Estado Monagas, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION, siendo los Tribunales de ejecución los que Computaran en definitiva la fecha de la culminación de la pena a cumplir, tomando en cuenta que dicho acusado se encuentra en libertad. Segundo: N.....