DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE de conformidad con lo establecido en el artículo 437, en relación con el artículo 450 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Luis Martínez Navarro, en su carácter de defensor de los imputados de autos JHON JAIRO RIASCOS DELGADO y JAIRO GERMAN CALDERON MARTÍNEZ, en fecha 30 de junio de 2006, en contra de la decisión dictada en fecha 26 de junio de 2006, por el Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida privativa preventiva judicial de libertad por la presunta comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Pe.....