Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaro: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer del Recurso de Nulidad de acto Administrativo. SEGUNDO: ADMISIBLE, el recurso interpuesto por los abogados José Antonio Adrián, Javier Adrián y Luís Rojas Becerra, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 2.032, 45.365 y 10.038 respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil "DISTRIBUIDORA ALGALOPE, C.A.", contra el Acto Administrativo dictado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores (DIRESAT-Monagas, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL).