DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN SAN MATEO, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la cuestión previa opuesta contenida en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por lo que esta Instancia Jurisdiccional se declara Incompetente y DECLINA LA COMPETENCIA a la Jurisdicción Judicial con sede en la ciudad de la Victoria para que conozca de la presente causa, conforme a lo establecido en el Articulo 353 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Oficio.----
No hay condenatorias en costas.-------------------------------------------------------------------------
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.----------------------------------------
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DEL MUNICIP.....