Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, al considerar que es procedente la presente liquidación y Partición amigable, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil: PRIMERO: Se homologa en todas y cada unas de sus partes la liquidación y partición de Bienes, realizada por los ciudadanos FRANKLIN TORRES SANCHEZ y CARMEN MILAGROS LEON TOVAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.527.056 y 8.733.543, respectivamente, en los mismos términos expresados por las partes, y ordena preceder como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada en la misma forma establecida, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y 1080 del Código Civil. SEGUNDO: Ordena expedir las copias cer.....