DISPOSITIVA
En consecuencia a lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1. DECLARA REDIMIDA LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR al penado ALEJANDRO JOSE ARRIETA GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 25.850.432, en el lapso de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES TRES (03) DIAS, que sumados al tiempo de detención al día de hoy (20/01/2020), de CINCO (05) AÑOS, NUEVE (09) Días, da un total de pena cumplida SEIS (06) AÑOS SEIS (06) MESES DOCE (12) DIAS, faltándole por cumplir de la impuesta TRES (03) AÑOS CINCO (05) MESES DIECIOCHO (18) DIAS, que los terminara de cumplir el día 08/07/2023, de conformidad con los artículos 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con los artículos 496 y 497 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase copia certificad.....