PARTE DISPOSITIVA
Este Tribunal en uso de la competencia para conocer , administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, ACUERDA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada por de denuncia interpuesta por el ciudadano: CONTRERAS CERLANDO GONZALEZ ,por cuanto el hecho objeto del proceso no reviste carácter penal. Todo conforme a lo dispuesto en el Artículo 318 Numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 28 Numeral 4 literal C Ejusdem. Una vez firme la decisión, remítanse las actuaciones al archivo Judicial Central para su ARCHIVO DEFINITIVO. Asiéntese en el libro de Causas y el Libro Diario. Cúmplase.
LA JUEZ
ABG. MARIELA JIMÉNEZ GAMBOA
EL SECRETARIO
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