Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por NULIDAD DE MATRIMONIO incoada por el ciudadano OMAR BAUTISTA RODRÍGUEZ BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-2.923.343 y con domicilio en Tocuyito, Estado Carabobo, debidamente representado por la abogada Alejandra Pérez Terán inpreabogado N° 79.253, contra el ciudadano DEIBY JOSE CALICHIO MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.132.197 y de este domicilio, debidamente representado por el abogado Orlando Parra Calderón inpreabogado N° 61.715. En consecuencia, se declara la nulidad del matrimonio celebrado entre los ciudadanos DEYBI JOSÉ CALICHIO MARCANO, ya identificado y TATIANA CAROLINA RODRÍGUEZ BRAVO quien era venezo.....