En fundamento a todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: PROCEDENTE LA SUBROGRACION PROCESAL presentada por el ciudadano MARCELLO ALFREDO MARTINEZ BATTISTINI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.165.689, debidamente asistido por el ciudadano GUILLERMO BORGES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.905.458, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 81.025, en su condición de cesionario de los derechos litigiosos que correspondían a los ciudadanos JESUS NATERA VELASQUEZ y RAUL VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-8.373.584 y V-11.376.067, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo.....