este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA; PRIMERO: CON LUGAR la ADOPCIÓN PLENA, interpuesta por el ciudadano: JUAN CARLOS CACHUCHO PIRELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-6.747.648, actualmente de cincuenta y cuatro (54) años de edad, en beneficio de la ciudadana: xxxxxxxxxxxx, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° xxxxxxxxxxxx, (en su carácter de adoptada), de veinticinco (25) años de edad, a partir en que haya sido efectuada la inscripción antes ordenada; conforme al artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 341 y 691 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 39, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56 y 57 de la Ley de Adopción, en .....