Ahora bien, en virtud de que desde el mes de NOVIEMBRE de 2012, no se ha concretado el pago de Obligación de Alimentos, se ordena que de forma inmediata la entrega de las mensualidades atrasadas correspondientes a los meses de NOVIEMBRE Y DICIEMBRE 2012, Y gastos navideños 2012, Enero Y FEBRERO 2013 por la cantidad total de Seis mil Bolívares (.000,00), líbrese cheque de la cuenta corriente del Tribunal, en lo sucesivo las cantidades restantes
De manera inmediata
MES AÑO CONCEPTO MONTO
NOVIEMBRE 2012 MENSUALIDAD 1500,00
DICIEMBRE 2012 MENSUALIDAD 1500,00
DICIEMBRE 2012 UTILIDADES 2050,00
ENERO 2013 MENSUALIDAD 1500,00
FEBRERO 2013 MENSUALIDAD 1500,00
TOTAL DE PENSIONES ATRASADAS Bs. 8050,00