Mediante decisión se declara Con Lugar lo solicitado por la defensa publica penal Abg. MILSA ALVAREZ quien asiste al acusado MAKENSI RAFAEL CASTILLO VASQUEZ, como consecuencia se le SUSTITUYE la medida cautelar establecida en el ordinal 1° del artículo 242 del Código Penal, por una de las Medidas Cautelares Sustitutiva de Libertad de las contenidas en el artículo 256 numerales 3° y 4°, es decir presentaciones cada QUINCE (15) días ante el Servicio de alguacilazgo y la Prohibición de Ausentarse del Estado, sin la autorización del Tribunal. El acusado deberá suscribir el acta de compromiso, que establece el artículo 246 eiusdem.