En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: ORDENA la EJECUCIÓN Y COMPUTO de la Medida PRIVATIVA DE LIBERTAD por el lapso de DOS (02) AÑOS Y (06) SEIS MESES DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, y simultáneamente SEIS (06) meses de servicio a la comunidad, de conformidad con lo establecido en el articulo 628 y 625 de la ley para la protección del Niño, Niña y Adolescente, al ciudadano CARLOS DANIEL NAVARRO NAVARRO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO DE VEHICULO MOTO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 5 Y 6, numerales 1,2 y de la Ley Sobre Hurto, en perjuicio de MOREY
SEGUNDO: Determinándose, que el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, hasta el día 02/08/2016 ha cumplido la Medida Privativa de Libertad por el lapso de DOS (02) ME.....