Se publicó la TOTALIDAD de la decisión dictada, en AUDIENCIA PRELIMINAR mediante el cual se CONDENO al acusado ALFREDO MARTIN GUTIERREZ RUIZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 20.001.622, LEUDIS ANTONIO SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 25.265.269 CARLOS JOSE SULBARAN SARAGOZA Titulares de las Cédulas de Identidades Nº V.- 11.776.344, JONNY JOSE YEGRES MARCANO titular de la cédula de identidad Nº V- 20.310.379 y ALEXANDER ANTONIO RAMIREZ MARIN titular de la cédula de identidad Nº V-15.510.427 a cumplir la pena de: TRES (3) AÑOS, DE PRISION, por la comisión de los delitos de de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORIA , previsto y sancionado en el articulo 456, numerales 1, 3, 6 y 9 en relación con el articulo 83 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana EMPRESA INFRAMONAGAS