Se declaró CON LUGAR la demanda y se condenó a la demandada pagar al demandante la cantidad de diecisiete mil setecientos sesenta y ocho bolívares fuertes (Bs.F. 17.768,00) por concepto de indemnización por antigüedad y compensación por transferencia, prestación de antigüedad, vacaciones y bono vacacional fraccionado, indemnizaciones previstas en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo y salarios caídos. Se condenó a la demandada al pago de las costas, por haber resultado totalmente vencida. Se ordenó Experticia complementaria del fallo.