Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede civil, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO. SIN LUGAR la demanda de RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO interpuesta por la Sociedad Mercantil "RESIGOCA, C.A." contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES COLANTUONI MOGAVERO (INCOMA), S.A., a la ciudadana GELSOMINA MOGAYERO DE COLANTUONI y a la Sociedad Mercantil SOLO SUPPLIES DE VENEZUELA, C.A.. SEGUNDO. CON LUGAR la reconvención que por RESOLUCION DE CONTRATO intento la parte demandada. TERCERO: Se condena el pago de la cantidad de TREINTA Y SEIS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 36.000,00), por concepto de los cánones de arrendamiento de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2008, a razón de CUATRO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 4.000,.....