Mediante Sentencia Interlocutoria este Tribunal Primero con competencia en los Delitos de Violencia contra la Mujer en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara con lugar la Revisión de la Medida acordada al ciudadano acusado DEISON ALEJANDRO CHACON, Titular de la Cédula de identidad Nº.- V 19.416.648, y acuerda concederle la Medida Cautelar Sustitutiva de DETENCION DOMICILIARIA, en el domicilio aportado por el mismo acusado en su oportunidad, con supervisión policial contemplada en el ordinal 1º del Artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, quien deberá practicarse Informe Médico Psiquiátrico en el Hospital Psiquiátrico " Dr. Luís Daniel Beapertuy", de esta ciudad de Maturín estado Monagas, a partir de la notificación de la presente decisión.-