En virtud de las declaratorias precedentemente señaladas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto con fundamento en lo dispuesto en el artículo 447 ordinales 4° y 5 ° del Código Orgánico Procesal Penal, por la Abg. DOUGLAS FRANCISCO CABEZA AMARO, en su carácter Defensor Privado del ciudadano CARLOS EDGARDO PARARE AZOCAR, mediante el cual interpuso formal Recurso de Apelación en contra de la decisión dictada por el Tribunal ¿de guardia- Primero de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal Nº NP01-P-2011-004314, a cargo del Juez Abg. Larry José Zuleta Sánchez donde, entre otros, declaró sin lugar las solicitudes formuladas por la defensa decretando Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo Previsto .....