Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN, de conformidad con el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en contra del imputado: Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 12.137.284, de 31 años, y residenciado en Urbanización Piñonal calle Anibal Paradisi N° 151 Maracay estado Aragua; Y FARFAN YRIGIYEN ARTURO BLAS JOSÉ LUIS AGUILERA LEÓN, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 7.230.007, de 43 años, y residenciado en sector 3, vereda 56, casa N° 06, Maracay estado Aragua; por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULOS AUTOMOTORES EN GRADO DE COOPERADORES INMEDIATOS, previsto y sancionado en el Artículo 5 y 6 ordinales 1,2, 3 y 8 de la.....