este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en garantía de un debido proceso, derecho a la defensa y una tutela judicial efectiva, procede a declarar: INADMISIBLE la demanda por Reivindicación interpuesta por la ciudadana ANA TERESA STORTO TOISEN, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cedula de Identidad Numero: V-9.677.035, JOEL EDGARDO NAVARRO VILLAROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-11.040.989, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 90.852.