DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Condena anticipadamente, conforme al Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado HUGO SALVADOR ROSSELL, titular de la cédula de identidad Nro. C.I V-16-128.203, residenciado en la AV. FUERZAS AEREAS, URB. LOS CHAGUARAMOS, EDIF. SAN FRANCISCO, PISO 01, APTO. 15-A, MARACAY, ARAGUA.a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, delito éste establecido en el primer aparte del artículo 45 la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en relación con el artículo 217 de la Ley Orgánica sobre Niños, Niñas y Adolescentes LOPNA, el cual fue acyusado por la .....