En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por Cobro de Bolívares, intentó la sociedad mercantil Inmobiliaria Bungalow, C.A., contra la ciudadana Shirla Romar Margarita Malave Ruiz. Así se decide. Dada la naturaleza del fallo, no hay condena en costas.