Por las razones antes expuestas este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR LA PÉRDIDA DEL INTERÉS en la tramitación del Interdicto Restitutorio interpuesto por el ciudadano PEDRO TELMO PERDOMO MARRÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-1.151.857, domiciliado en el fundo agrícola "El Pelón", Municipio Zamora, estado Aragua, debidamente asistido por el Abogado José Horacio Vásquez C, Inpreabogado N° 22.157, contra los ciudadanos SIXTO LOPEZ, LUIS PETROCHELLI, MARCOS GUANIPA, PETRA PEREZ, ROGER PADRINO, ROSAURA UBIEDO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.518.614. 5.266.498, 12.995.461, 2.852.451, 4.693.943 y 8.555.542, respectivamente, y los ciudadanos JUANA QUINTERO, CARMEN QUINTERO, GREGORIO BLANCO, LUIS GARCIA, SILVIA CORTEZ, MILAGROS CARVALLO, ENRIQUE PETROCELLI y JUAN SAREZ, todos mayores de edad.