administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, concede AUTORIZACIÓN AMPLIA Y SUFICIENTE a la ciudadana: MARIA DAYANA PERDOMO DE SOUSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.435.579, en su carácter de madre de (SE OMITE NOMBRE), niño, para que en su representación, gestione el cobro de la pensión de Sobrevivientes de la Zona Educativa del estado Aragua; así como la parte alícuota que les corresponda, de las prestaciones sociales, producto de la Relación laboral del causante en el Ministerio del Poder Popular para la Educación, por ser hijo del ciudadano WILLIAMS ENRIQUE PÉREZ CORREA, (difunto) titular de la cédula de identidad Nº 12.337.618. El monto en Bolívares que corresponda, debe ser entregado a la mencionada ciudadana en cheque no endosable a nombre de este Tribunal. Autorización que se expide en la ciudad de Maracay, 25 de Enero de 2013.
EL JUEZ TITULAR
Dr. SERGIO PEREZ SAYA
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