Este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaró: 1. SU COMPETENCIA para conocer el asunto planteado. 2. INADMISIBLE la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales intentada por las ciudadanas DIMAR SARAI RUIZ MAZA y MERCEDES ELENA LAVERDE, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad N° 19.256.384 y 14.788.171, respectivamente, asistidas en ese acto por el abogado JORGE RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de previsión social del abogado bajo el N° 44.903, contra la GOBERNACION DEL ESTADO MONAGAS. 3. ORDENA notificar a las ciudadanas DIMAR SARAI RUIZ MAZA y MERCEDES ELENA LAVERDE, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad N° 19.256.384 y 14.788.171, respectivamente.