En mérito de las consideraciones antes expuestas este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA VICTORIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos: PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer y tramitar el presente procedimiento contentivo del RECURSO DE NULIDAD incoado por el apoderado judicial de la entidad de trabajo PEPSI COLA VENEZUELA C.A., contra Providencia Administrativa Nº S 015-0024-2018, de fecha 19 de febrero de 2018, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Sanciones del Estado Aragua; SEGUNDO: En consecuencia DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de La Victoria, ordenán.....