Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos AMARILIS BEATRIZ TOVAR RODRÍGUEZ y CARLOS ALFONSO URBINA VIÑAS, antes identificados, desde el día fecha 25 de octubre de 2007, según Acta de Matrimonio, inserta bajo el N° 389, Año 2007, de los libros llevados por el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua.-