DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: HECTOR RAFAEL LINARES UTRERA, titular de la cedula de Identidad Nº V-27.425.341. Venezolano, fecha de nacimiento 05-05-1998 de 20 años de edad, estado Civil Soltero. Profesión u oficio: Obrero, Residenciado: Calle Principal, numero 24, Sector La Bandera del Municipio San Casimiro del Estado Aragua, , a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos ROBO SIMPLE , Previsto y Sancionado en el articulo 455 del Código penal Venezolano, Para la Fecha en que ocurrieron los hechos. Así mismo se le participa que dicho penado se encuentra en libertad, pudiendo optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Ofíciese al Ministerio del Pode.....