Por las razones antes expuestas este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR LA PÉRDIDA DEL INTERÉS en la tramitación del Interdicto de Amparo perturbatorio, interpuesto por los ciudadanos RAMONA ALFONZA OROPEZA, ROSALINO REBOLLEDO OROPEZA, JOSÉ RAMÓN REBOLLEDO, GEORGINA REBOLLEDO OROPEZA, MAMERTO REBOLLEDO OROPEZA, NATIVIDAD REBOLLEDO Y ABELAIDA REBOLLEDO, venezolanos, mayores de edad, titular de las cédulas de identidad Nros. 2.206.062, 7.295.449, 4.394.867, 8.782.435, 6.679.435, 7.279.989 y 7.299.859, respectivamente, contra los ciudadanos JESÚS CARBONEL IZQUIERDO y MANUEL ZAA ZAMORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 45.565 y 603.575, respectivamente