DISPOSITIVA
Oídas Las Exposiciones De Las Partes, Revisadas Las Actuaciones Que Conforman La Causa N° 8C-24.361-20, este Tribunal 8° En Función De Control Estadal Del Circuito Judicial Penal Del Estado Aragua, Administrando Justicia En Nombre De LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTO: PRIMERO: Este Tribunal se declara COMPETENTE para conocer y decidir sobre el presente asunto penal de conformidad con lo establecido en el artículo 66 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta la aprehensión como LEGITIMA por cuánto pesa en su contra orden de captura Nº 010-23 de fecha 03-04-23 según oficio Nº 941-23 por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 3º del Código Penal TERCERO: Se deja sin efecto Orden de Captura N° 010-23 de fecha 03-04-23 según oficio Nº 941-23; toda vez, que la misma fue materializada en fecha 05-02-24, acordándose la Suspensión Condicional del Pr.....