Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, presentada por los ciudadanos
CARLOS ALBERTO MORENO CARVAJAL y PATRICIA SUAREZ DE MORENO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-8.813.927 y V-13.241.991 respectivamente.
En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Consejo Municipal del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, el día 17 de Diciembre de 1987, según se evidencia en acta de matrimonio signada con el Nº 120, que corre inserto a los folios 17 al 18, de este expediente.