Este Tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos JESUS ALBERTO CARPIO, RICHARD JOSE RAMIREZ y JESUS HERIBERTO LOPEZ NOGUERA, titulares de las cédulas de Identidad Nros V-21.098.202, V-14.024.501 y V-10.250.500, respectivamente, en contra de Entidades de Trabajo PROMOTORA 8180, C.A y UNICENTRO MARACAY, SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión se condena en costas a la parte demandante. TERCERO: Remítase el expediente a su Tribunal de origen, una vez quede firme el fallo.
Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se advierte a las partes que el lapso p.....