´Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos y de conformidad con lo establecido en la Sentencia N° 1070, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 09-12-2016, en concordancia con lo determinado en la Sentencia N° 136, emanada de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 30-03-2017 y en acatamiento a lo estipulado en la Resolución N° 2009-0006, procedente del Tribunal Supremo de Justicia, Sala Plena, de fecha 18-03-2009; este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO, efectuada por el ciudadano JUAN JOSÉ CABELLO RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.339.701, Abogado en ejercicio, inscrito en el Ins.....