DECISION
En mérito de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, que se encuentra inserta en los Libros de Registro Civil de Defunción, llevados por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, bajo el N° 121, Tomo II, de fecha dos de marzo del año dos mil cinco, solicitada por la ciudadana HERMELINA CUBEROS DE CONTRERAS, por el error en que se incurrió al incluir como hija del ciudadano EDDY RENE CONTRERAS a la ciudadana BELKYS ANAHIS SOTO CUBEROS y la omisión de la última letra en el segundo apellido de los hijos concebidos con la solicitante colocado como CUBERO, cuando debió ser CUBEROS, ordenándose subsanar tales errores, excluyendo en el contenido del acta a la ciuda.....