En mérito de las anteriores consideraciones, esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio N° XIV del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente demanda Fijación de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana MCPH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.378.671, actuando en nombre y representación de sus hija XXXX, en contra del ciudadano SJAC, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-11.553.054., se fija como obligación alimentaria, que debe suministrar el demandado a su hija, la adolescente XXXX, la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES EXACTOS mensuales, equivalente al 0.58% del Salario Mínimo Actual, que será descontada y depositada en partida mensual por la empresa del sueldo del obligado, en cuenta apertura para tal fin por la .....