INADMISIBLE LA NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO intentada por el abogado JOSE ROSALINO MEDINA, Inpreabogado Nro. 9.987, respectivamente, quienes actúan con el carácter de Apoderado judicial de la Sociedad Mercantil DESARROLLO GAISA C.A. Inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, de fecha 05 de junio de 1992, bajo el N° 02, Tomo 110-A Segundo, en contra de La Providencia Administrativa; N° 395-10, de fecha 20 abril de 2010 emanada de la emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT, COSTA DE ORO, MARIO BRICEÑO IRAGORRY, LINARES ALCANTARA, LIBERTADOR Y MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA.- ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los veintiséis (26) d.....