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Decisiones del dia 26/11/2012 |
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N° Expediente :
13.998
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N° Sentencia :
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Fecha: 26/11/2012 |
Procedimiento: Solicitud De Inspección Judicial |
Partes: IGOR ALCALÁ |
Resumen:
DISPOSITIVO
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano IGOR ALCALÁ, en su carácter de Secretario General del Sindicato Movimiento de Trabajadores Organizados de los Medios Audiovisuales de Venezuela (MOTORMAV), contra la decisión dictada en fecha veinticinco (25) de septiembre de dos mil doce (2012), por el Juzgado Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Queda REVOCADA la decisión apelada.
SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, pronunciarse sobre la admisión de la solicitud de inspección judicial, que da inicio a estas actuaciones.
TERCERO: Dada la natur.....
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Juez/Ponente:
Evelyna D Apollo
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Organo:
Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AP11-V-2009-000826
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N° Sentencia :
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Fecha: 26/11/2012 |
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato |
Partes: BELKIS APOLINAR DIUDA DE CARDENAS VS. CARLOS ANIBAL ROMERO MARQUEZ |
Resumen:
De alcance de la norma transcrita se infiere, que la prorroga o apertura de los lapsos o términos procesales, solo es procedente si el solicitante de la misma alega y prueba la concurrencia de una circunstancia grave, excepcional y no imputable a ella, que la haya impedido de la realización del acto en cuestión.
Así las cosas, observa este jurisdicente, que ninguno de los motivos en los cuales tanto la representación judicial de la parte actora, como la representación judicial de la parte demandada, fundan su solicitudes de prorroga del lapso de evacuación de pruebas pueden configurarse como una causa no imputable a cada una de dichas partes que le impidiesen la evacuación oportuna de las pruebas de informes que a bien tuvieron promover en el presente juicio, por lo que este Jurisdicente NIEGA la solicitudes de prorrogas del lapso probatorio efectuadas tanto por la parte actora como por la parte demandada. ASI SE ESTABLECE.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
DR. ÁNGEL VARGAS RODRÍGUEZ.
AB.....
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Juez/Ponente:
Angel Eduardo Vargas Rodriguez
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Organo:
Juzgado Undecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
148-12
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N° Sentencia :
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Fecha: 26/11/2012 |
Procedimiento: Civil |
Partes: SIGUE FUNDACIÓN CLOMBEIA, CONTRA INSTALACIÓN GOMERGAS, M.P.A.R.C., C.A. Y CORPORACIÓN DE FIANZAS BOLÍVAR, C.A. |
Resumen:
Seguidamente el Tribunal vista la exposición de la notificada declara Preventivamente Embargado el saldo disponible que a la fecha presenta la cuenta corriente signada con el N° 0128-0070-32-7000656103,, perteneciente a CORPORACIÓN DE FIANZAS BOLÍVAR, C.A., la cual posee un saldo de SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO BOLÍVARES CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS (Bs. 66.418,28), hasta cubrir la suma ordenada a embargar por el comitente sobre cantidades de dinero que asciende a la suma de CIENTO TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs.136.954,33), más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal de la Causa en un Treinta por Ciento (30%), la cual asciende a la cantidad de CUARENTA Y UN MIL OCHENTA Y SEIS BOLÍVARES CON DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 41.086,299) y pone en posesión de la cantidad embargada preventivamente a la entidad bancaria en la persona de la notificada, quien estando presente queda en cuenta de lo aqu.....
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Juez/Ponente:
Nela Pasquali Vespa
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Organo:
Juzgado de Municipio Quinto Ejecutor de Medidas
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N° Expediente :
148-12
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N° Sentencia :
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Fecha: 26/11/2012 |
Procedimiento: Civil |
Partes: SIGUE FUNDACIÓN COLOMBEIA, CONTRA INSTALACIÓN GOMERGAS, M.P.A.R.C., C.A. Y CORPORACIÓN DE FIANZAS BOLÍVAR, C.A. |
Resumen:
Seguidamente el Tribunal vista la exposición de la notificada declara Preventivamente Embargado el saldo disponible que a la fecha presenta la cuenta corriente signada con el N° 01160093010013352377, perteneciente a CORPORACIÓN DE FIANZAS BOLÍVAR, C.A., la cual posee un saldo de DIECISIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 17.977,00), hasta cubrir la suma de CIENTO ONCE MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE CON NOVENTA DOS CÉNTIMOS (Bs. 111.629,92), cantidad esta que resultó del saldo embargado preventivamente en la sede del BANCO CARONI, por la cantidad SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO BOLÍVARES CON VEINTIOCHO CÉNTIMO (Bs. 66.418,28), quedando un saldo a embargar preventivamente de NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 93.652,92) y pone en posesión de la cantidad embargada preventivamente a la entidad bancaria en la persona de la notificada, quien estando presente queda en cuenta de lo aquí actuado.
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Juez/Ponente:
Nela Pasquali Vespa
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Organo:
Juzgado de Municipio Quinto Ejecutor de Medidas
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