DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ABG. SABRINA MONTES DE OCA y LUIS OMAR SEQUERA, Defensores Público Auxiliares Centésimo Cuarto (104º) Penal, en la causa seguida al ciudadano ANDRES DAVID MORALES MARQUEZ, en contra de la decisión de fecha 24 de septiembre del año 2014, dictada por el Juzgado Trigésimo Noveno (39º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad, sobre el referido ciudadano, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN MENOR CUANTIA previsto y sancionado en el articulo 149, segundo aparte de la Ley Org.....