Oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que conforman la causa N° 2C-38.129-2020, este Tribunal Segundo en función de Control Estadal del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califica la aprehensión del ciudadano JAVIER FREITES como FLAGRANTE. SEGUNDO: Se acuerda continuar la investigación por la vía del procedimiento ORDINARIO, conforme al artículo 373 ejusdem. TERCERO: Se admite la precalificación fiscal por los delitos de Hurto de Ganado Mayor, previsto y sancionado en el articulo 10 numerales 3 y 7 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera y Uso de Adolescente para Delinquir de Adolescente artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. CUARTO: Se declara sin lugar la solicitud defensa de una medida cautelar menos gravosa consistente en arresto d.....