Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos: JOSE ARGENIS GUILLEN Y YADIRIS RAFAELA PALACIOS COBOS, antes identificados, desde el día 08 de noviembre de 2007,según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio asentada en el Año 2007, acta N° 250, tomo III, en los Libros de Matrimonios llevados por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua.