En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana MARCELINA OVALLES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.846.732. Se designa como TUTOR INTERINO al ciudadano: WILMAN ALFREDO ZAMBRANO OVALLES, suficientemente identificado en autos, como Protutor a la ciudadana: MIRIAM DE LA CRUZ ZAMBRANO OVALLES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-3.748.625, PROTUTOR SUPLENTE a la ciudadana: ENEIDA OVALLES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V- 3.742.490, y como miembros del Consejo de Tutela a los ciudadanos: LESVIA COROMOTO ZAMBRANO OVALLES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V- .....