Este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: RAMON EMILIANO LARA, natural de Onoto, estado Anzoategui nacido el día 20-05-1955, de 77 años de edad, Estado civil: viudo, profesión u oficio: desempleado, residenciado en: Cagua, Alix Primera, calle ezequibo Num.01 Estado Aragua, a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS Y CUATRO (4) MESES, por la comisión de los delito de ABUSO SEXUAL A NIÑPA EN ACCION CO0NTINUADA, previsto y sancionado en el encabezado del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, Ofíciese a la Coordinación Regional de Asuntos Penitenciarios con sede en el C.E.R.R.A Aragua, a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia, a los fines de.....