DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Sala de Juicio Novena, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, incoada por el ciudadano ROBERT ALEXANDER PACHECO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 13.422.478, en representación de la niña (...) de (...) (...) años de edad, contra la ciudadana LINDA YOSELIN PEREIRA GARCIA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-15.843.712, en consecuencia, se fija por de Obligación de Manutención la cantidad de BOLÍVARES CUATROCIENTOS CON CERO CENTIMOS (Bs. 400,00), los cuales serán depositados en partidas quin.....