Por las razones expuestas anteriormente, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA POR EL TERRITORIO en el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y LINARES ALCANTARA DEL ESTADO ARAGUA, a quien se ordena remitir el expediente firme como quede el presente pronunciamiento.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA, en Maracay, a los _27 días del mes de Septiembre de dos mil once. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Juez,
Abg. Mary Fernández Paredes.
La Secretaria,
Abg. Kristel Vásquez Fossi.
En la misma fecha, siendo las 11:00 a.m., se publicó la anterior decisión, previa las formalidades .....