Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismo no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbre y no alteran el orden público, y constatado como ha sido la voluntad de la recurrente, este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declaro: HOMOLOGADO y consumado el DESISTIMIENTO efectuado por el ciudadano RUBÉN JOSÉ TOVAR BONILLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 16.312.318, asistido del abogado CARLO BARONE, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No. 67.898, dándole el carácter de cosa juzgada, se da por terminado el presente recurso contencioso Administrativo, contra el Municipio Bolívar del estado Monagas.